miércoles, 2 de diciembre de 2015
EL 6 DE DICIEMBRE, UN HITO IRREAL
Muchos venezolanos aguardan el 6 de diciembre con la esperanza grabada en el alma; tienen la idea clara de que, votando ese día, van a cambiar en forma inmediata y pacifica su destino. Su visión adolece de un error fundamental, ven solo lo que quieren ver y no el contexto que incluye al otro actor.
La batalla política tiene como centro, en este caso, el control del Poder Legislativo y a través de él, la imposición de un freno y mecanismos de control a un Gobierno Autoritario cuyo fin específico es perpetuar a su tendencia política en el control del Estado Venezolano.
El objetivo entonces es, lograr el control a través del voto del organismo legislativo y para ello la oposición realiza un gran esfuerzo. Coloca como expectativa en el público votante, que una vez logrado el triunfo electoral y por vía legislativa, podrá imponer a los otros poderes una serie de situaciones tales como la liberación de los presos políticos, frenar el abuso en el uso de bienes públicos por parte de una parcialidad política y el equilibrio de los poderes, con el nombramiento de nuevas autoridades neutrales y no militantes del oficialista PSUV.
Ahora bien, esta “batalla” electoral, se presenta, en mi criterio, bajo la idea de tres posibles finales o escenarios, con consecuencias diferentes y caminos de futuro distintos para cada uno de ellos.
De esos escenarios, es de lo que voy a comentar de seguido:
El primer escenario, es uno muy posible y triste para el país, este se produce en caso de que la Asamblea Nacional sea dominada por el Oficialismo a través del uso de trampas o artificios electorales, negándole así un posible triunfo a la oposición y con el agregado de que la oposición no realice ningún acto para lograr el respeto del resultado electoral. Sería algo parecido a lo sucedido en la anterior elección presidencial y también en las parlamentarias anteriores. Las consecuencias de este escenario serian claras: 1) La radicalización del modelo autocrático chavista; 2) la fractura irremediable de la oposición, con la consecuente radicalización del sector más extremo de esa oposición y 3) Una crisis social y económica cuyas consecuencias son difíciles de medir en este momento.
Un segundo escenario sería el de una victoria aplastante de la oposición, que por su contundencia le sea imposible de esconder o alterar al CNE. En este caso se abrirían dos posibles desenlaces: 1) El Ejecutivo no reconoce tal triunfo y se decide a actuar en forma abierta como un gobierno dictatorial, es un escenario posible pero poco probable, ya que saben las consecuencias internacionales que esto tendría. De darse tal hipótesis el Chavismo no podría mantenerse en el poder más allá de algunos meses. Muy sinceramente creo que es una hipótesis muy poco probable. 2) La segunda vertiente de este escenario es la hipótesis de que el ejecutivo reconozca el triunfo de la oposición y acepte un resultado adverso, en tal eventualidad las consecuencias serían: a) antes del 31 de diciembre de 2015 la Asamblea Nacional le estaría acordando una habilitante a Maduro con las más amplias facultades, permitiéndole así gobernar por decreto los próximos 18 meses; b) cualquier ley que apruebe la Asamblea Nacional y que resulte incomoda o contraria a los intereses del Chavismo será anulada por vía judicial o mediante decretos ley del ejecutivo; c) El Chavismo precedería a encarcelar o comprar cuantos diputados le sean necesarios dentro de los dos próximos años, así cambiaría la mayoría en la asamblea nacional por una vía diferente a la electoral
Un tercer escenario estaría conformado por la hipótesis de que la oposición sea objeto de trampas durante la elección y que se reúse a aceptar un resultado basado en las trampas del CNE, con lo que se generaría una situación de desconocimiento del resultado por los opositores y un conflicto de calle de gran magnitud. Este escenario es prácticamente imposible, ya que con los antecedentes de los últimos procesos electorales, está claro que la coalición opositora no llamara a desconocer el resultado ni intentara acciones de calle. Esto nos llevaría a las consecuencias enumeradas en el primer escenario.
Sé que algunas personas consideraran este comentario como una muy pesimista visión de la elección legislativa, pero la verdad es que no es pesimismo, es realismo. Los escenarios históricos, hasta la fecha, señalan como puede ser cada uno de las situaciones que se deriven del 6 de diciembre de 2015.
De ganar la elección la oposición por un margen bastante abultado, arrollador, este puede ser el primer paso para un cambio en el escenario político, de lo contrario solo será un clavo más en el ataúd de un país llamado Venezuela.
Conclusión final, lo único que puede ayudar a Venezuela es que la oposición salga a votar en masa y que su triunfo sea tan amplio que logre generar una verdadera ruptura en la estructura chavista.
sábado, 14 de marzo de 2015
EL INCENDIO DEL REICHSTAG (O DE LA ASAMBLEA NACIONAL VENEZOLANA)
El incendio del Reichstag es un episodio de la historia Alemana, sucedido en febrero de 1933 y cuyo efecto en la población alemana, alentada por el gobierno, genero un sentimiento anti-comunista y de unión nacional, que permitió a Hitler gobernar por decreto sin prácticamente ninguna oposición, llevando a la Alemania Nazi a la Segunda Guerra Mundial y a todos los efectos que se desprendieron de ella, incluidos los campos de concentración y la “solución final”, conocida también como el genocidio.
Ahora bien ¿Por qué menciono ese evento tan lejano?, por una razón simple, siempre se ha dicho que Hitler necesitaba una excusa para poder asumir poderes especiales, gobernar por decreto y convertirse en dictador en forma legal y es ese evento el que le permite todo lo deseado. Si como algunos historiadores dicen, realmente fue Marinus Van Der Lubbe, quien inicio el incendio o si como otros mencionan, fue el mismo Hitler quien mando a quemar el Edificio del Parlamento Alemán, ya poco importa, la verdad es que sus consecuencias sobrepasan cualquier consideración al respecto, ya que el hecho cierto del incendio, le dio a Hitler la excusa que necesitaba para adueñarse del poder.
Ya nosotros en Venezuela Sufrimos nuestros propio incendio del Reichstag, el Gobierno Norte Americano declara a Venezuela Peligrosa para su seguridad interna y sus intereses internacionales y así Maduro logra la excusa que necesitaba. Ahora, al igual que Hitler, Maduro pide le otorguen poderes especiales para poder Gobernar por Decreto y así “Enfrentar la Amenaza”, que no es otra que sus propios connacionales que le adversan y le critican. Al igual que Hitler, Maduro decretara la ilegalidad de partidos, acomodara las elecciones a sus necesidades y más aún, declarar traidor o espía a cualquier opositor que se atreva a declarar contra él o que indique cualquier acto del gobierno contrario a la constitución, en términos simples todo el que no esté con el Gobierno es traidor a la patria, por tanto sujeto a las sanciones que en los decretos de Maduro se determinen.
Para aquellos que no logran entender, les explico, Maduro no quiere decretar la emergencia y suspender las garantías, no, eso generaría un control parlamentario de sus actos, pero peor, generaría un control internacional previsto en la Carta Democrática de la OEA, con lo que se vería obligado a permitir el ingreso de comisiones internacionales que vigilaran los derechos humanos. Y como entenderán, eso no le conviene, por ello, su intención es lograr el mismo fin pero por una retorcida vía.
Si, con una Ley Habilitante que le permita modificar y crear normas relativas a la seguridad, libertad personal, libertad de asociación, libre tránsito, libertad de comercio, libre expresión, limitándolas de forma similar a una suspensión de garantías, Maduro tendrá lo que necesita para Gobernar por Decreto, sin tener que pasar por el control legislativo y sin que se activen los mecanismos de control externos de la OEA, pasaría a ser una dictadura perfecta, ya que sería Legal y de Poder Absoluto.
Ahora la pregunta más importante, ¿es esto constitucionalmente valido?, la respuesta es un seco y rotundo NO, pero quien lo va a declarar, ¿la mayoría Chavista de la Asamblea Nacional?, obviamente que no, ellos aplaudirán cada medida y la justificaran, ¿la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia?, evidentemente que tampoco, ellos buscaran validar por vía de sentencia cualquier acto contrario a la constitución, justificándolo, como han hecho en otros casos en una lectura entre líneas que surge de los fines políticos de la Constitución y del Pensamiento Chavista; ¿serán entonces los opositores quienes alerten sobre esa inconstitucionalidad?, está claro que tampoco ellos podrán, porque aquel de ellos que ose insinuar la actitud dictatorial o la violación de derechos humanos o la inconstitucionalidad de los actos, terminara preso, por traidor
Como comentario final podemos decir que sabemos cómo termino Hitler, pero ¿Cómo terminara Maduro?, eso está por verse.
lunes, 2 de marzo de 2015
DE “LA ROTUNDA” A “RAMO VERDE”, PASANDO POR “GUASINA”
Muchos son los venezolanos que han pisado la cárcel, por razones políticas, muchos los que murieron en esas cárceles, por razones ideológicas, pero quizás su recuerdo sigue siendo poco cercano a los venezolanos de hoy por la bruma que sobre la historia patria se ha generado por el Gobierno en los últimos 15 años. Unas bruma que distorsiona los sucesos de nuestro país desde su nacimiento, donde las figuras como Páez, pasan a ser detestables traidores, donde los juzgados y sentenciados por traición, como el General Piar, pasan a ser héroes indiscutidos; un país donde los que lucharon por la democracia en las años 50 son viles y rastreros oportunistas que obraron contra el General Pérez Jiménez y los Cubanos que nos invadieron por Machurucuto son héroes condecorados. ES LA ANTI-HISTORIA CONVERTIDA EN LA “HISTORIA OFICIAL”.
En todo caso, la idea es hablar de las cárceles venezolanas, que fueron y son utilizadas como parte del arsenal de los gobiernos autoritarios para enfrentar a aquellos que quieren por vía democrática o por vía violenta adversarles. Queda aquí excluida, una solución que estos gobiernos autoritarios utilizaron y que fue y es condenada dentro y fuera de Venezuela y que no es otra que la eliminación física de sus adversarios.
Quizás sea conveniente comenzar por el inicio de la Republica y decir que el primer preso político conocido fue Don Francisco de Miranda, quien por oponerse al gobierno de la época termino sus días en El Penal de las Cuatro Torres (Penal de la Carraca), en Cádiz España. Ese es quizás el inicio de los encarcelamientos, torturas, expulsiones del país y asesinatos que por razones políticas se han dado en los últimos 200 años en este País llamado Venezuela. A los puristas de la Historia les digo que Gual y España, así como otros “Precursores” murieron o fueron encarcelados antes del advenimiento de la independencia, por ello no los considero como parte de este relato, ya que su prisión o muerte es anterior a la existencia de la República de Venezuela.
Mi intención es circunscribirme al siglo XX y más concretamente a la época histórica que comienza en 1908 con la llegada al poder del General Juan Vicente Gómez; es por esto que lo ocurrido entre 1810 y 1908, lo dejaremos para otra oportunidad y nos centraremos en el periodo histórico que va desde Gómez y hasta Maduro (1908 a 2015).
El ciclo Gomecista inicia en 1908 en Venezuela y es quizás una de las etapas políticas más duras del país; Gómez es el último caudillo venezolano que viene del siglo XIX y que tiene como misión traer al país la “Unión, Paz y Trabajo”; la unión se logró con un férreo control sobre el total del estamento político y junto con esto se logró la Paz que se alcanzó con los sepulcros (muerte de los adversarios políticos) y el encarcelamiento de los disidentes (la Rotunda y el Castillo Libertador junto con los grilletes de hierro), junto con esto la expulsión del territorio nacional de muchos de esos adversarios políticos; por último el Trabajo, único verdadero logro de la llamada “Hegemonía Andina”. Algunos me dirán que el país tenía paz y seguridad en esa época, es incuestionable tal aseveración, pero lo que sí es cuestionable es el método utilizado para alcanzar tal cometido.
Gómez se convierte en el gran pacificador y unificador, toma una Venezuela dividida y atomizada por caudillos y la convierte en un país unificado bajo un solo mando. Crea un ejército profesional único y además sanea las finanzas públicas. Junto con ello nace en el imaginario venezolano la leyenda de las cárceles Gomecistas, su brutalidad y por sobre todo su eficacia para cortar cualquier intento de desestabilizar al “Gobierno Constitucionalmente Designado”. Si, la Constitución de la época al igual que la actual legitimaba el ejercicio del Gobierno en función del cumplimiento de una serie de formalidades, sin tomar en cuenta si la legitimidad de origen se traducía en una legitimidad de ejercicio y más aun sin tomar en cuenta que cualquiera que se opusiera a los designios de Gómez seria habitante permanente de alguna de sus prisiones, sin importar en aquella época la violación de los “derechos humanos”, ya que tal concepto jurídico era desconocido para casi la totalidad del planeta.
Pero mejor iremos al grano, ¿Quiénes fueron los inquilinos más ilustres de La Rotunda y del Castillo Libertador?, la respuesta la dará cualquier persona que algo conozca de la historia patria, ya que recordaran la famosa “generación del 28”, entre cuyos celebres integrantes estaban, los para entonces estudiantes, Rómulo Betancourt, Javito Villalba, Raúl Leoni, Gustavo Machado, José Pio Tamayo y Germán Suárez Flamerich. De ellos, tres fueron Presidentes de Venezuela, Betancourt en 1945 y 1959, Suarez Flamerich en 1950 (a la muerte del General Carlos Delgado Chalboud, aun y cuando siempre se dijo que fue meramente un títere de Pérez Jiménez) y Leoni en 1963; Pio Tamayo y Gustavo Machado optaran por la vertiente comunista, muriendo el primero de ellos a temprana edad, en 1935 (a los 35 años) y el segundo convirtiéndose en el eterno líder del PCV, partido que dirigió hasta su muerte, sin lograr convertirlo en una fuerza determínate en la política venezolana.
Por cierto, las cárceles de Gómez, no las únicas pero si las más famosas, eran “La Rotunda” y “el Castillo Libertador”, sin desmerecer a “La Isla del Burro”, a la que no me referiré en este escrito. Las primera de ellas era un penal construido a mediados del siglo XIX, inaugurada por José Gregorio Monagas y destruida o demolida por el General Eleazar López Contreras (sucesor de Gómez), su fama de prisión temible derivo del uso de grilletes metálicos, las torturas y los mecanismos que se utilizaban para asesinar a los presos políticos, tales como el uso de veneno, el vidrio molido en las bebidas o incluso la tortura extrema. La otra cárcel famosa que mencione, el llamado “Castillo Libertador” o como originalmente fue denominado: “Castillo San Felipe”, fue construido por los Españoles entre 1732 y 1741; fue la última “residencia” en suelo patrio del primer preso político, Don Francisco de Miranda y durante la dictadura Gomecista “residencia” de los ilustres: Rómulo Betancourt, Andrés Eloy Blanco o José Rafal Pocaterra (entre otros), así como de unos cuantos “Generales” auto designados como: Juan Pablo Peñaloza, José Manuel “El Mocho” Hernández y otros más que se “alzaban” contra Gómez de vez en cuando y que este encarcelaba y luego expulsaba de Venezuela. En una suerte de “ética” Gomecista, estos “Militares de Montonera” eran tratados con cierto respeto, sin que se atentara contra sus vidas, caso distinto de lo que sucedía con los políticos presos, que eran blanco de tota clase de torturas y como ya dijimos de la práctica de los grilletes, el veneno y el vidrio molido. Esta cárcel fue “cerrada” en 1936 y en un simbólico acto se arrojaron al mar los grilletes que apresaros los tobillos de los presos, acto en el que Andrés Eloy Blanco dijo: "Hemos echado al mar los grillos de los pies. Ahora vayamos a las escuelas a quitarle a nuestro pueblo los grillos de la cabeza, porque la ignorancia es el camino de la tiranía. Hemos echado al mar los grillos. Y maldito el hombre que intente fabricarlos de nuevo y poner una argolla en la carne de un hijo de Venezuela".
Entre 1936 y 1948 se dice que las cárceles políticas desaparecieron, por ello, algunas que luego serán famosas como “Guasina”, no son mencionadas como depósito de oponentes políticos. Hago esta mención, ya que algunos puristas me van a increpar que Guasina fue primero campo de concentración de prisioneros de guerra, luego campo de concentración de inmigrantes ilegales y por último, ya a mediados del Siglo XX fue que se convirtió en Cárcel Política. Si todo eso es verdad y como su historia entre 1939 y 1949 no es objeto de estas líneas nos circunscribiremos a lo ocurrido allí y en otras cárceles entre 1948 y 1958.
Al igual que Gómez, Pérez Jiménez (1953-1958) tiene detractores y seguidores. Para los últimos, los denominados Peresjimetistas, Marcos Evangelista Pérez Jiménez es el gran constructor, el hombre de las grandes obras, el hombre que moderniza la Venezuela Gomecista y la convierte en la Venezuela pujante y de progreso que se encamina hacia el desarrollo. Igualmente estos seguidores admiran su seguridad ciudadana, “Se Podía Dormir Con Las Puertas Abiertas”, es la frase preferida de quienes le admiran.
¿Cuáles fueron las cárceles de la dictadura de 1948 a 1958?, la respuesta es simple, todas las que había en Venezuela, aunque particularmente se hizo famosa “Guasina”, no existe una historia “pacifica” al respecto, ya que algunos dicen que esta fue cerrada antes de 1953 y otros la confunden con las “colonias Móviles de El Dorado”. Lo cierto es que para la dictadura de 1948 a 1958 la cárcel era del todo “Democratica”, ya que convivían presos políticos con presos comunes sin distinción, se torturaba “democráticamente” a todos y las muertes eran más frecuentes que los encarcelamientos, por lo que “los enfrentamientos” entre la Policía Política y los “Enemigos del Orden del Estado”, eran frecuentes y el resultado recurrente con la muerte de los “Criminales” a manos de los Policías.
En este periodo las torturas, muertes y desapariciones son frecuentes, con lo que tener el “privilegio” de ir a la cárcel evita el destino final de la muerte, no así el de la tortura, que como antes menciones era de uso “general y democrático”.
Pérez Jiménez, Pedro Estrada y la Seguridad Nacional, conforman una trilogía que en la memoria popular del venezolano se recuerda como una trilogía de tortura represión y muerte, pero no tanto de cárcel como la gomecista.
Luego del 23 de enero de 1958, las cárceles vuelven a ser, por poco tiempo morada solo de delincuentes, hasta que comienza la rebelión armada comunista contra los Gobiernos Constitucionales de Betancourt y Leoni, momento en el que las cárceles retoman sus función de recibir a los opositores políticos, esta vez violentos y alzados en armas. Capítulo aparte merece y tiene la prisión de los alzados contra el gobierno en el denominado Golpe de Castro León, cuyos implicados terminaron en cárceles comunes antes de terminar indultados o sobreseídos.
Pero como dije, estos gobiernos enfrentan una rebelión armada de corte marxista y toman medidas en relación a ello, haciendo uso de las cárceles disponibles, como el cuartel San Carlos, la Isla del Burro, las colonias móviles del Dorado, entre otras.
De estas la más famosa es el cuartel San Carlos, edificación colonial, que se construyó como resguardo de la ciudad de Caracas contra posibles invasiones desde el mar caribe, ya que esta era la puerta de entrada natural a la ciudad desde la costa caribeña. Su uso como cárcel no está muy claro en la historia y aun y cuando se plantea que fue una cárcel militar, se le conoce más por el uso de ella como cárcel política desde finales de los años 60, los gobiernos de esa época enfrentaban la rebelión Marxista y las luchas armadas “revolucionarias”, con ello a los que cometían actos contrarios al orden de la nación se les juzgaba y encarcelaba. Estos “revolucionarios” alegaban su estatus de prisioneros políticos y los gobiernos de turno los denominaban “delincuentes comunes”, pero los confinaba en cárceles militares, como el ya mencionado Cuartel San Carlos.
De este periodo “de la lucha armada”, todavía viven algunos de sus más famosos ocupantes, como Teodoro Petkoff y Pompeyo Márquez, quienes protagonizaron la muy famosa fuga del cuartes San Carlos a través de un túnel que fue cavado desde una casa vecina al cuartel. También es un dato particular que muchos de los encarcelados en el Cuartel San Carlos en esa época, hoy sean férreos y encarnizados opositores del gobierno que se dice Socialista, primero de Chávez y ahora de Maduro.
Esta cárcel militar funciono hasta 1988, fecha en la que el último de sus inquilinos famosos Gabriel Puerta Aponte fue indultado, pero no significo su cierre definitivo, ya que luego del intento de golpe de 1992, fue activada nuevamente para confinar allí a los Golpistas, entre ellos Hugo Chávez. Pero ya para 1994 fue nuevamente desocupada y definitivamente convertida en monumento histórico.
Mucho se habla de tortura y las desapariciones especialmente en el periodo 1959 a 1983, sin que se pueda comprobar que los casos que se han documentado (que son pocos), obedezcan a políticas de Estado.
Ahora bien, en general, desde 1959 y hasta 1999, la represión política solo se presentó en el caso de la “lucha armada”, los sucesivos gobiernos no utilizaron el encarcelamiento o la represión como mecanismo para amedrentar o sacar de juego a sus adversarios políticos.
A partir de 1999 esto cambia y con el advenimiento de la Revolución Bolivariana, se establecieron otros mecanismos de represión al adversario político, no era en principio la cárcel, era el Apartheid laboral, que surgía de las listas Tascon y Maisanta y que se aplicaba rigurosamente en todos los entes públicos, así como en las empresas que contrataban con el Estado. Igualmente a partir de 2002-2003 surgen los primeros casos de encarcelamientos políticos y parten con el caso de Ivan Simonovis, Henry Vivas, Lazaro Forero y otro funcionarios de la Policía Metropolitana, a quienes condenaron en procesos judiciales dudosos por delitos que se supone cometieron otros, ya que se les inculpo como cómplices necesarios, pero nunca se dijo quiénes eran los autores materiales. Son estos pues los primeros presos políticos y su cárcel es la sede de la policía política SEBIN, ubicada en el Elicoide, sitio que no es en si una cárcel, es un cuartel policial.
Luego de esto, Hugo Chávez amplía su represión, deteniendo y sometiendo a juicio a todos los que osen protestar contra él, se aplican cargos como “bloqueo y obstrucción de vías públicas”, en algunos casos rebelión y cualquier otro delito que se pueda imputar, sin que se llegue al extremo de encarcelar a todos los detenidos, solo selectivamente algunos van a la cárcel y aquí, se determinan diversas cárceles como sitios de reclusión, enviando algunos de estos presos a cárceles comunes para amedrentarlos ya que las cárceles comunes venezolanas son de las más violentas del continente. Otros son llevados al SEBIN y por último y cuando ya se arrecia la represión y esta llega a los líderes de la oposición se hace uso de la Prisión Militar de Ramo Verde. Por Cierto, a los que son detenidos y no encarcelados, se les conceden medidas cautelares sustitutivas, que les permiten seguir en libertad, pero les limita sus derechos civiles al prohibirles hacer declaraciones políticas o manifestar nuevamente, bajo amenaza de la revocatoria de su medida sustitutiva y por tanto su encarcelamiento.
Ahora bien, esta prisión ya estaba en uso como medio de castigo político, solo que sus primeros prisioneros eran militares en retiro, por lo que no parecía raro que se les llevara a una prisión militar. Casos como el del General Francisco Usón Ramírez (condenado por dar una opinión técnica en un programa de televisión) o del General Raúl Baduel, enjuiciado y condenado por supuesto peculado, luego de decir que el comunismo no era el camino para Venezuela, fueron los que dieron a conocer esta cárcel Militar de Ramo Verde.
Oficialmente esta prisión se llama: “Centro Nacional de Procesados Militares de Ramo Verde”; y como su nombre lo indica, es una prisión militar, cuyo régimen y disciplina es propio de las Fuerzas Armadas, no es una cárcel civil ni para civiles.
Ramo Verde es el final de esta historia, ya que desde que se convirtió en centro de reclusión de civiles que adversan al gobierno, el primero de ellos Carlos Ortega, quien escapo, paso a ser la “Cárcel Política” del Socialismo del Siglo XXI, del Chavismo y evidentemente la primera cárcel política del siglo XXI venezolano.
Allí permanecen detenidos varios de los líderes relevantes de la oposición como son Leopoldo López, Daniel Ceballos o Antonio Ledesma, también ya pasaron por allí otros líderes de oposición que, “cumplida” la pena, fueron liberados.
La pregunta es: ¿Qué ha cambiado desde la época de la Rotunda hasta el siglo XXI y la Cárcel de Ramo Verde?, la respuesta es simple y a la vez compleja, ya que se puede medir solo por la forma de encarcelamiento o se puede comentar sobre los sofisticados métodos que se usan en la actualidad para agredir a los opositores políticos.
Como dije, una respuesta simple es que el medio a través del cual se decide el encarcelamiento es diferente, tanto en la época Gomecista como en la Peresjimienista, el encarcelamiento o la liberación las decidía el Dictador, mientras que en la actualidad se recurre a un aparato judicial, que en total sumisión al ejecutivo, ordena detenciones, encarcelamientos, juzgamientos y condenas, con pruebas vagas o sobre delitos inexistentes todo con el fin de “legalizar” y justificar el encarcelamiento de los opositores que, como en otras épocas, se hacen incomodos para el gobierno autoritario de turno.
jueves, 20 de marzo de 2014
LA LEGITIMIDAD DE LOS GOBERNANTES
LA LEGITIMIDAD DE LOS GOBERNANTES
En estos días he oído y leído mucho sobre la legitimidad de Nicolás Maduro (actual Presidente de Venezuela), en relación a que el origen de su mandato fue un proceso electoral por el "ganado".
Entiendo bien que esos comentarios, provenientes de otros Presidentes Latinoamericanos como Mujica (Uruguay), Fernández (Argentina), Rousseff (Brasil) y Bachelet (Chile), obedecen más al sentido de auto preservación que a la convicción de que Maduro actué correctamente; esta auto preservación se activa cuando los Presidentes latinoamericanos sienten temor que los próximos a quienes las manifestaciones pretendan apuntar sea a ellos, entendiendo que en cada uno de esos países existen movimientos sociales que tiene agendas establecidas y en cuyo objetivo primordial podría convertirse la salida de estos Presidentes, si el efecto Venezuela resultara exitoso.
Repitiendo que tal temor es entendible, también es un arma de doble filo, ya que hace rehenes a esos Presidentes de sus propios temores, impidiéndoles diferenciar entre la Legitimidad de Origen y la Legitimidad en el Ejercicio.
En efecto, la Legitimidad de un Gobernante no es algo único, indivisible y blindado, tiene componentes, cuyo alineamiento es necesario para que tal legitimidad exista y sea continua en el tiempo.
Legitimidad de Origen:
El primer elemento de esta Legitimidad es específicamente el origen, provenir de un acto electoral en el que la voluntad mayoritaria de un pueblo le otorgue el mandato Presidencial a una persona determinada, preferiblemente en elecciones universales, directas y secretas. Tal definición suena bien en principio y parece incuestionable, pero realmente tiene matices, ya que no siempre los eventos electorales son democráticos y para muestra esta Cuba, país en el que se vota periódicamente, pero en el que a su vez toda oposición política al Partido Comunista Cubano está prohibida, siendo este el único que puede postular candidatos a los caros de elección popular. Otro ejemplo de ello es Corea del Norte, país que se dice altamente democrático y en el que e Líder Supremo fue elegido Diputado con el 100% de los votos, sin que se sepa con quien o quienes compitió y mucho menos el funcionamiento del sistema electoral. Si queremos un ejemplo histórico y latinoamericano, debemos recordad a Alberto Fujimori en Perú, quien luego de haber sido legítimamente elegido presidente de Peru, opto por invocar esa legitimidad como base para un gobierno dictatorial.
Estos ejemplos permiten ver que la legitimidad de origen requiere de una base realmente democrática en una elección libre y pluralista.
Pero además de lo anterior la legitimidad de origen pasa por otro matiz necesario, que es el reconocimiento del adversario político, de su existencia y más aun de su peso dentro de la sociedad. Por amplio que sea el margen de votos del ganador o por pequeño que pueda ser, la democracia impone que todos deban ser oídos. Un Presidente electo con un amplio margen no puede pretender que aplastara a sus opositores y los pulverizara solo por haber ganado, por el contrario, debe oír las necesidades de esa parte de la población tanto como de quienes votaron por él. Más aún, si las se ganan por pequeños o estrechos márgenes, se impone la obligación de negociar con la otra mitad sobre las soluciones y proyectos a desarrollar.
Está claro entonces que la legitimidad de origen es mucho más que simplemente ganar una elección.
Legitimidad en el Ejercicio:
Como ya dijimos, el mecanismo de elección, los márgenes de votación, el reconocimiento del contrincante, el pluralismo y por sobre todo el ejercicio democrático dan origen a un Gobierno Legítimo, pero este Gobierno de Origen Legitimo debe mantenerse así, ¿qué significa esto?, simple que el ejercicio del poder legítimamente adquirido, debe estar acorde con el ordenamiento interno del país y con las normas internacionales sobre la materia.
En efecto, el Gobierno de un país no es un trofeo que dé al ganador el poder y la potestad para actuar como le plazca. El gobernante aun cuando Legitimo en su Origen, debe también ser legítimo en su forma de actuar. El marco constitucional, los tratados internacionales en materia de derechos humanos y sobre la corrupción administrativa son algunos delos aspectos de esa legitimidad de ejercicio. En efecto un Gobierno Legítimamente electo no puede, so pretexto de su origen, violentar los derechos de los ciudadanos o pretender imponer sus designios a sangre y fuego violando los derechos humanos de sus ciudadanos.
El actuar fuera de estos mandatos, el abusar de la fuerza o el aplicar lo que se conoce como terrorismo de Estado, hace que un gobierno se transforme en ilegitimo aun y cuando su origen sea Legitimo.
Ejemplo de ello, muy relevante y por demás decidor, lo conseguimos en la Alemania de Hitler, quien llego al gobierno, no por un golpe de mano o por una toma violenta del poder; no, lo hizo legítimamente y con el voto del pueblo Alemán, pero nadie hoy podría decir que el proceder, la forma de actuar y los métodos empleados por Hitler hicieron honor a la legitimidad de su origen. Muy por el contrario, la principal crítica a ese periodo de la historia está en el abuso que se produjo en la Alemania Nazi, gracias a que se "respeto" incondicionalmente el origen legítimo de Hitler y sobre todo la idea de que Alemania debía resolver por sí sola sus problemas internos.
Un punto importante a establecer es que la legitimidad de un Gobierno no puede provenir de una formula falsa o forzada, un gobierno que modifique el ordenamiento jurídico a su antojo, que use el poder de la Justicia o que emplee el poder de las armas para sustentarse; un gobierno que emplee estos medios para legitimarse en el poder es solo una dictadura constitucional, tal y como lo dije aquí mismo en mi artículo “VENEZUELA LA PRIMERA DICTADURA CONSTITUCIONAL DEL SIGLO XXI”:
(http://julioazarahernandez.blogspot.com/2011/01/venezuela-la-primera-dictadura.html)
De allí entonces que los procedimientos en el ejercicio del poder, las buenas practicas, el respeto de los derechos humanos y el debido respeto de la constitución y las leyes, los tratados y convenios internacionales, así como el respeto del adversario político, constituyen lo que se puede denominar la Legitimidad en el Ejercicio, que unida a la Legitimidad de Origen, constituyen en su conjunto a "Legitimidad" de un Gobierno.
Dejo al lector la decisión de si el actual Gobierno Venezolano es Legítimo o no, mi opinión ya esta tomada hace mucho tiempo y plasmada en mis escritos.
martes, 25 de febrero de 2014
LA GUERRA CIVIL
LA GUERRA CIVIL
En la actual situación de Venezuela, muchos piensan y sueñan con una guerra civil, como si esa fuera la única salida y más aún la salida realmente deseable. Ese tema (la guerra civil), el morbo que desata el constante enfrentamiento entre opositores y policías (incluyendo Guardias Nacionales), las imágenes que muestran a un país que poco a poco se incendia por los cuatro costados, con el visto bueno de los radicales de ambos lados, generan una inquietud tremenda en quienes, con tristeza vimos venir este día sin que nadie quisiera oír o entender lo que decíamos.
Sé que algunas cosas que aquí diré no van a gustar a muchos y lo sé porque hace 15 años vengo diciendo cosas que son consideradas como malos augurios o me han tildado de profeta del desastre; otros me decían que yo solo veía sangre y rojo en el futuro cuando ellos pensaban que todo era difícil pero estaba “Bien”. Cuando hablaba de escasez, de violencia o de enfrentamientos, todos me decían que eso nunca llegaría y que mis predicciones eran solo “vapores de mi imaginación”. Incluso recuerdo algunos amigos perdidos por haberles dicho (analizado), como terminaría la primera solicitud de revocatorio de Chávez y algunas otras etapas de la historia venezolana de los últimos 15 años. En todo caso como decía André Gide: ”Todas las cosas son ya dichas; pero como nadie escucha, hay que volver a empezar siempre.”
Pero como todo debe comenzar por el principio, es necesario decir que no es la primera guerra civil que sufre Venezuela luego de la Guerra Federal, cuyo inicio oficial fue el 20 de enero de 1856 y que oficialmente “termino” el 24 de abril de 1863; digo que oficialmente, ya que Venezuela se sumergió en una serie de guerras intestinas pequeñas escaramuzas y conflictos con ejércitos privados y regionales, con una larga sangría para el país en lo social y en lo económico, concluyendo realmente esta “guerra civil” luego de la Revolución Liberal Restauradora y con la acción de Juan Vicente Gómez que termino con el caudillismo, unifico el ejército y pacifico al país dando fin a un ciclo de guerras intestinas evidentemente todo esto con el uso de las armas, ya que fue por la fuerza que logro todo esto. Incluso la paz posterior se basó en el uso de la fuerza a través de la policía conocida en su época como "la sagrada".
Luego de esto, los intentos de invasión o de “revolución” siempre concluyeron en derrotas aplastantes para los enemigos del gobierno, sin que en Venezuela se produjera realmente ningún otro episodio de enfrentamiento interno que pudiera llegar a considerarse como enfrentamiento civil o guerra interna, ya que las guerrillas de los años 60 y 70 del siglo XX nunca alcanzaron un grado de virulencia que pudiera considerarse como verdadero conflicto interior o guerra civil.
Dicho esto, paso a analizar el conflicto que hoy vive mi país.
Para poder entender lo que viene es necesario buscar los elementos que se han ido aglutinando en esta situación:
-.El primero de ellos parte con Hugo Chávez y su discurso conflictivo y de confrontación que a lo largo de 15 años degradó, amenazó, e insultó a todo aquel que pensara en forma diferente. Ejemplo seguido por sus herederos políticos (Nicolás y Diosdado), quienes mantienen un discurso de agresión permanente y de confrontación burlona hacia el enemigo (oponente ideológico). Por ello el primer elemento es “el discurso conflictivo”.
-.El segundo elemento es el acorralamiento de la oposición, al grado de evitarles cualquier tipo de salida democrática que permita su expresión dentro del país, el discurso permanente que señala al opositor que ha sido derrotado, pulverizado, que no tiene ninguna posibilidad y que tiene que “calarse” lo que el Chavismo quiere porque el opositor "es un perdedor". La ingeniería electoral que impide que la oposición pueda obtener triunfos electorales. Así como el uso de los recursos judiciales para quitarle a los opositores sus representantes (Diputados), con lo que a capricho del Chavismo se reduce espacio de expresión política a los opositores, haciendo uso de atajos legales y desconociendo así la voluntad del electorado. Ni que decir de las autoridades paralelas nombradas en Estados o Municipios ganados electoralmente por la oposición, en cuyo caso los recursos le son negados a la autoridad elegida y le son entregados al "protector" designado en Miraflores; agregando a ello que en algunos casos incluso se les despoja de su competencias legales para ser entregadas al designado de Miraflores. Por ello el segundo elemento es “la inexistencia de espacios políticos para la oposición”
-.El tercer elemento surge de la creación de los grupos de choque que el chavismo primero llamo “Círculos” y que ahora llama “Colectivos”; con gran capacidad de movilización, una muy fuerte ideologización, formación militar y en tácticas de guerrilla urbana y los más importante armados hasta los dientes. Si fuertemente armados, con equipos militares altamente sofisticados y de gran poder. Son en todo caso fuerzas parapoliciales o paramilitares, no obedecen a un mando centralizado y se autodenominan "defensores de la Revolución"; su independencia de un mando central les da una gran movilidad, pero a su vez les da una tendencia anárquica que es bastante peligrosa, ya que al actuar por cuenta propia, realizan acciones violentas que afectan a todo el chavismo. Este elemento es claramente definido como “Milicias Armadas”
-.El cuarto y último elemento es innegablemente la imposibilidad absoluta de dialogo entre los sectores políticos del país. Chávez polarizo a Venezuela dividiéndola en dos bloques que no dialogan entre sí, aun y cuando la oposición ha querido hacerlo varias veces y ha realizado gestos al respecto, siempre terminan en el uso propagandístico por parte de los chavistas de estas reuniones e incluso en forma burlesca se refieren a los opositores, haciéndoles ver como que se arrastran para mendigar dialogo o lo asustados que están cuando hablan con los grandes líderes revolucionarios o incluso el negarse a debatir o conversar diciendo que los opositores no están a la altura del interlocutor chavista. Incluso se hace uso propagandístico de estas pocas ocasiones de dialogo para generar desinformación y pretender colocar en cabeza de estos dirigentes opositores dichos o posturas que supuestamente solo oyó y en privado el interlocutor chavista. Este elemento es simplemente “la Falta de Dialogo”.
Podemos decir entonces que “el Discurso Conflictivo” + “la Inexistencia de Espacios Políticos para la Oposición” + “las Milicias Armadas” + “la Falta de Dialogo”, son más que un caldo de cultivo, un poderoso acelerante perfecto para la generación de una Guerra Civil.
Lo primero que quiero aclarar entonces, a quienes están todavía pensando en la salida rápida y fácil, es que ya la Guerra Civil esta decretada.
Sí, la guerra civil ya empezó y muchos venezolanos no logran entenderlo, ven la actual situación en forma romántica, creen que las escaramuzas se terminan a las 11 pm y comienzan al día siguiente a las 9 am y que en el ínterin todo funciona normalmente y como siempre, sin ver que en la medida que la situación escale, los alimentos y el combustible vas a escasear, los medicamentos y elementos de curación igual y la violencia, la sangre y las muertes se incrementaran.
No quiero con esto decir que los heridos y muertos de estos días no generen conciencia o sean parte de un juego, nada más lejos de mi mente que eso; lo que quiero decir es que quienes están viviendo estos hechos no han logrado todavía medir la magnitud de los acontecimientos que se derivaran de la situación actual.
Para el Chavismo este momento es de supervivencia, se juegan “la Vida”, el perder los privilegios y negocios ganados en los últimos 15 años, pero más aún perder el ejercicio del poder, lo que es para ellos inaceptable; para la oposición parecería ser la última oportunidad, luego de muchos intentos es este el momento en que aparecen más fortalecidos y con una participación nacional notoria, ya que la protesta atraviesa toda Venezuela. Frente a esas dos posiciones, lo cierto es que el enfrentamiento es inevitable.
En enero de 2013 escribí en este mismo Blog sobre Diógenes Escalante y Hugo Chávez. Allí expresé mi inquietud por el futuro de Venezuela a la muerte de Chávez y el paralelismo que se generaba con la etapa venezolana de 1945 a 1958, hoy sólo me queda pedirle a Dios que esta etapa sea corta y que su costo en vidas y sangre sea pequeño; su prolongación en el tiempo sólo producirá muerte y desolación.
¿Es posible evitar este enfrentamiento tan desigual?, la respuesta en mi criterio es No. Mis razones para esta respuesta parten de otro de mis escritos aquí publicados y que se titula "Venezuela la Primera Dictadura Constitucional del Siglo XXI", allí explico cómo se estableció esta dictadura y de allí también concluyo que la estructura dictatorial no cederá su poder, por el contrario usará el sistema constitucional y legal en contra de sus enemigos, justificándose siempre en la "defensa de la institucionalidad", así tratará de barrer jurídica y militarmente al adversario, consolidándose por tiempo indefinido en el poder. De allí que los opositores (enemigos para los chavistas), sólo tendrán delante de si dos posibilidades: pelear una guerra civil para la que no están reparados o rendirse y aceptar una dura dictadura que les significara cárcel o destierro a muchos de ellos.
Por ultimo quiero referirme a mis queridos paisanos, coterráneos TACHIRENSES, si con mayúsculas, gente amable y educada, sencilla y honesta, pero aguerrida cuando es necesario, ellos son el ejemplo y la punta de lanza como lo fueron en 1899, Dios les de la constancia y la sabiduría necesarias en la situación en la que hoy se encuentran.
martes, 23 de abril de 2013
La Alternabilidad o Alternancia en el poder, una necesidad de la Democracia.
Hace tiempo que inicie un trabajo sobre este tema de la Alternabilidad como elemento esencial de la Democracia, aun no lo termino, pero quiero compartir este fragmento(parte de lo ya escrito), con todo aquel que quiera leerlo y reflexionarlo, pensar sobre su validez y sobre todo aplicarlo a los momentos que hoy vive nuestro Continente Latino-Americano.
Algún día, si Dios lo quiere así, publicare el resto del trabajo, por el momento este fragmento sera suficiente
-.CONCEPTO DE ALTERNABILIDAD (ALTERNANCIA):
Quizás el primer problema sea definir la alternabilidad, ya que aún y cuando es un vocablo de uso común y uno de los elementos que aparece en las principales constituciones del planeta, como constitutivo del valor democrático de las sociedades, su definición no se hace en dichos textos ni se manifiesta explícitamente en muchas de estas normas constitucionales; desde el punto de vista técnico no está claramente expresado en la doctrina moderna y no es fácil de estructurar a la luz de los supuestos históricos sobre el tema; algunos ejemplos constitucionales al respecto serian: art. 25 Constitución Chilena de 1980, modificada en 1994: “…El Presidente de la República durará en el ejercicio de sus funciones por el término de cuatro años y no podrá ser reelegido para el período siguiente...”; art. 81.3 Constitución de la Federación Rusa: “…Una misma persona no puede cumplir más de dos mandatos presidenciales seguidos...”; Artículo 83 de la Constitución Federal de México “El Presidente entrara a ejercer su encargo el 1o. de diciembre y durara en el seis años. El ciudadano que haya desempeñado el cargo de Presidente de la Republica, electo popularmente, o con el carácter de interino, provisional o sustituto, en ningún caso y por ningún motivo podrá volver a desempeñar ese puesto.”; Artículo 6. De la Constitución Venezolana de 1999 “El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que la componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.”; estos entre muchos otros ejemplos.
El término en principio no aparece dentro de los aceptados por la Real Academia de la Lengua, que si bien tiene definiciones etimológicas para alternancia, no lo tiene para alternabilidad, con lo que desde allí podemos comenzar con la polémica.
Para la Real Academia alternancia es: “En política, cambio de gobierno” (http://buscon.rae.es/draeI/SrvltConsulta?TIPO_BUS=3&LEMA=ALTERNANCIA)
En todo caso, si no nos es posible en principio establecer etimológicamente el significado del término, si podemos asegurar que la idea de que los gobiernos sean alternativos, es uno de los fundamentos que se ha planteado luego del surgimiento de las constituciones modernas que tiene sus origen en las dos grandes revoluciones del siglo 18, la Revolución Independentista Norte Americana, cuna del sistema presidencialista y la Revolución Francesa, cuna del principio de legalidad administrativa, del parlamentarismo y de otras tantas innovaciones en el mundo jurídico, Constitucional y de la estructura de la Administración Pública, esta ultima más aun cuando sabemos que se produjo como una reacción contra la monarquía absoluta, aun que como también sabemos desemboco en otra monarquía, con mayores limitaciones, pero monarquía al fin y al cavo.
Hasta el inicio de estas dos revoluciones, los gobiernos del planeta tenias un corte monárquico hereditario, formula hegemónica que preveía solo el cambio de autoridades o de personas en el ejercicio del poder por vía de la muerte o de la guerra, es decir, solo se sustituía al Rey o Monarca por otro Rey o Monarca, mediando para ello su muerte y de allí la famosa frase “… a muerto el Rey, que viva el Rey…”, en alusión directa al Rey fallecido y a quien le sustituía en forma inmediata y hereditaria. Esta fórmula podía sufrir alguna distorsión cuando el sucesor no estaba definido por alguna circunstancia, caso de que el Rey dejara varios herederos que se creyeran con derecho al trono o que no dejara ningún heredero, lo que abría casi siempre una pugna por ascender al trono entre los posibles sucesores, en fin siempre las intrigas palaciegas, los intereses de la corte y el poder de las armas resolvía el problema sin consultar para nada al pueblo.
La salida del Monarca también podía darse por otra vía y sin que necesariamente muriera, cuando era derrocado o destronado por otro que ocupara su lugar, en este caso tampoco se podía ver la acción como un mecanismo de cambio verdadero, ya que el sistema se mantenía intacto, el nuevo monarca asumía los poderes y muy posiblemente los vicios de su antecesor y las reales posibilidades de cambio en el gobierno solo dependían de la voluntad absoluta y caprichosa del nuevo Rey. Como Ejemplo de esto tendríamos en derrocamiento de Carlos III, Rey de España, por su hijo que asume el trono como Fernando VII y que a su vez es depuesto por José I (hermano de Napoleón Bonaparte), para luego regresar al trono a la caída del Imperio Napoleónico. Este episodio de la Monarquía Española, tiene como elemento interesante a su vez, el ser utilizado como excusa por los independentistas Latinoamericanos, quienes en el papel inician su separación del gobierno monárquico español por negarse a reconocer como Rey a José I.
La Revolución Francesa, es un hito en el cambio constitucional, pero como algo curioso, no se inicio con la intención de sustituir al Rey, la Asamblea del Pueblo Francés solo quería limitar su poder, al estilo de lo sucedido en Inglaterra en 1215 cuando los Barones del reino obligaron al Rey Juan Sin Tierras a limitar su poder y ceder parte de este a los nobles, quienes en consejo o mejor como Parlamento, controlaban e impedían ciertos abusos del monarca; para algunos autores esa fue la primera manifestación de los que hoy día conocemos como Monarquías Parlamentarias; es claro que esto no fue una formula pacifica y reiterada en el tiempo, paso por grandes altibajos, entre ellos tres Guerras Civiles, el Golpe o Dictadura, o incluso mejor aun como se le conoció el Protectorado de Cromwell (Oliver Cromwell, Lord Protector durante el periodo de la República o interegnum), pero muy al estilo y formula propia de los Ingleses. Esta fórmula de controles Parlamentarios decayó gravemente durante el reinado de Jacobo II Estuardo, lo que llevo al parlamento a imponer a su sucesor Guillermo III de Organge (Esposo de la hija de Jacobo II y legitima Reina María Estuardo), una serie de condiciones conocidas como Bill of Rights, o mejor en castellano Declaración de Derechos o Carta de Derechos, en ella esencialmente el Parlamento obligaba a los nuevos Monarcas a restablecer plenamente una serie de derechos menoscabados o perdidos y esto se recogió esencialmente en seis puntos: “1) El Rey no puede crear o eliminar leyes o impuestos sin la aprobación del Parlamento. 2) El Rey no puede cobrar dinero para su uso personal, sin la aprobación del Parlamento. 3) Es ilegal reclutar y mantener un ejército en tiempos de paz, sin aprobación del Parlamento. 4) Las elecciones de los miembros del Parlamento deben ser libres. 5) Las palabras del Parlamento no pueden obstaculizarse o negarse en ningún otro lugar. 6) El Parlamento debe reunirse con frecuencia”. La aceptación de estas condiciones permitió a María y su esposo Guillermo Reinar y más aun aseguro que la Monarquía sobreviviera y sobreviva hoy día.
Regresando a Francia, los autores de la Revolución perseguían un fin y lograron uno totalmente diferente, creando en ese proceso algo que todavía hoy día vemos como uno de los mejores capítulos de la historia reciente de la humanidad, con su Declaración de Derechos del Hombre, su primera Constitución y todas las demás creaciones constitucionales y legales de las que ya hablamos aquí y de las que hablaremos con posterioridad. Esta Revolución creo incluso el mecanismo del primer Golpe Parlamentario Moderno (Golpe del 18 Brumario), obra de un Napoleón Bonaparte que quiso apoderarse del Estado sin violentar la Ley y que logro tal fin, gracias a su audacia y a la ayuda de su hermano Luis Bonaparte y el “Abate de Sieyés” (prestigioso ideólogo de la Revolución Francesa).
El caso de los Colonos Ingleses del Norte de América, habitantes y dirigentes de las colonias que se declararon independientes, es al igual que el de la Revolución Francesa, particular y especial, ya que quisieron cambiar su régimen de gobierno y su dependencia de un Monarca y al momento de redactar su primera y por cierto actual Constitución establecieron un principio de alternabilidad, previendo la elección periódica de sus autoridades bajo la tesis y la idea de que el poder no podía ejercerse en forma permanente por las mismas personas, ya que su percepción era y sigue siendo que el poder reside en el pueblo. Esa premisa surgía de la innegable aversión que a estos colonos les producía la figura del Rey (o mejor la monarquía en general) y evidentemente la decisión de no repetir el sistema monárquico de gobierno en su naciente república. Lo increíble de este componente constitucional, es que sus efectos y consecuencias se basaban más en la buena voluntad y honestidad de los ciudadanos que en los frenos legales o constitucionales. Más adelante cuando analicemos el caso Norte Americano en profundidad, veremos los efectos y consecuencias de esta fórmula, así como las correcciones que en el tiempo produjeron los habitantes del Norte de América.
Otro ejemplo de cómo este principio se desarrollo lo constituyen las monarquías parlamentarias del siglo XX, las que como ejemplo de convivencia le permitieron subsistir a los monarcas como Jefes de Estado, algunos con poder real y otros solo como figuras decorativas, con un parlamento que se renovaba y reconstituía cada cierto tiempo, permitiendo la expresión de voluntad de las masas y su subsecuente satisfacción en el anhelo de auto gobernarse. En esta categoría podemos conseguir como ejemplos resaltantes las Monarquías Europeas: Inglaterra, España, Bélgica, Holanda, Dinamarca y otras en las que como factor común se visualiza un fuerte arraigo de los principios democráticos que conviven con una simpatía marcada por sus Casas Reales.
También en Europa surgen modelos no monárquicos que mesclan el gobierno parlamentario con el presidencialismo y uno de ellos, para mí el más perfecto desde el punto de vista teórico, es el sistema Francés surgido de la llamada Quinta República, modelo que mezcla con una serie de contrapesos interesantes y bien estructurados el gobierno parlamentario con un Presidente Jefe de Estado que no pasa solo por ser una figura decorativa.
Se hace necesario también mencionar las dictaduras constitucionales o las dictaduras con una supuesta base en la ley, estos gobiernos se definen por rasgos bien particulares y entre estos esta el declarase democráticos y decir que son la verdadera expresión del pueblo, constitucionalizando la dictadura y proscribiendo cualquier idea disidente o partido político distinto al gobernante. Ejemplo de esto hoy día son China, Corea del Norte y Cuba, donde el partido comunista es el único legalmente autorizado para funcionar y donde si bien se dan elecciones la posibilidad de disentir del partido único o de oponerse a él esta criminalizada en las leyes. A estos ejemplos podemos también agregar como remembranza histórica la extinta Unión de Repúblicas Soviéticas Socialistas, la que bajo el gobierno de José Stalin, dio el mejor y más salvaje ejemplo que podamos tener al respecto. No son ajenos a este modelo las dictaduras militares o los denominados gobiernos dictatoriales liberales, allí podemos enmarcar dictaduras como la venezolana de los años 50 del siglo XX con el General Marcos Evangelista Perez Jiménez a la cabeza; o la del General Rafael Leónidas Trujillo (Chapita) en República Dominicana; la de los años 70 y 80 en Argentina con una Junta militar que se rotaba en la presidencia, con lo que supuestamente a ninguno se le podría acusar de eternizarse en el poder; o en esas mismas décadas el Gobierno del General Augusto Pinochet en Chile, cuyos detractores condenan por brutal y sus defensores todavía hoy día justifican y consideran la única vía y salida para la crisis social política y económica del Chile de los años 70. Y qué decir de los modelos Fascistas, como el de Benito Mussolini (El Duce), quien expresaba palabras más, palabras menos que dentro del Estado todo fuera del Estado nada, aparentando un apego absoluto a los principios y normas del Estado, las cuales todos debían acatar como fórmula de orden, saltándose solo un pequeño detalle, que el autor de las normas del Estado y por tanto quien definía la legalidad a ser cumplida era el dictador. Igual caso o similar ejemplo nos da la Alemania de los años 30 y 40, con un Adolfo Hitler a la cabeza y con un sistema político del gobierno, en el que nada se hacia fuera de la Ley, pero las leyes eran producto de una camarilla en el gobierno que lejos de verse controlados por ella la controlaban a su antojo, dando apariencia de legalidad a todos sus actos e incluso legalizando el gobierno de fuerza o la dictadura, basándola en una supuesta voluntad popular que la respaldaba.
Ahora bien, todo este coloquio previo tiene una finalidad, quiere decir algo, este algo es simplemente que las sucesión o el cambio en el gobierno ha tenido y tiene muchos elementos a ser tomados en cuenta a la hora de realizar un concepto que pueda ser valido universalmente, aplicable a todos los sistemas democráticos actuales, diferenciándolos claramente de los regímenes Monárquicos y de las dictaduras de cualquier signo incluso las Constitucionales, sean de derecha, de centro o de izquierda. Un concepto que permita entender en forma sencilla lo que el término Alternabilidad encierra y que tanta importancia tiene para los sistemas democráticos actuales.
Así las cosas, nos dedicamos a buscar conceptos que en forma histórica y en forma reciente pudiesen ilustrar y dar base a este trabajo, tratando de encontrar alguno que pudiera contener los elementos mínimos necesarios de expresión de lo que la alternabilidad es a la Democracia moderna; mi sorpresa fue grande al descubrir los baches existentes en la materia y el poco interés que el tema a suscitado en la mayoría de los países, con la excepción de solo 2 en Latinoamérica, los demás países dan por sentado que la alternabilidad es algo inherente a la democracia y producto de ella misma. Los países que de alguna manera han generado polémica sobre este asunto son Venezuela y Chile; Venezuela por la situación política de inestabilidad vivida desde el año 2002 y la formula actual producto de una enmienda a la constitución de 1999 mecanismo de reelección inmediata e indefinida, con lo que podría darse el caso de un gobierno y un presidente por periodos sucesivos que se conviertan en eternos y sin posibilidad de alternancia o cambio en las ideas y métodos de gobierno; y Chile en virtud de los más de 20 años de gobierno que tuvo la Concertación, los que incluso el arquitecto de esta misma fórmula política considero poco convenientes, ya que según su opinión, de no haberse dado paso a un gobierno de signo diferente a esta Concertación, el esquema democrático podría haberse agotado, dando paso a salidas poco convenientes, ya conocidas y poco apreciadas por los latinoamericanos que las han sufrido; este caso se desarrolla en vivo a la redacción de este trabajo y podemos decir que en las elecciones del 18 de enero de 2010, los partidos de la derecha Chilena han demostrado el valor del principio de Alternabilidad en la mente del votante, al darle la victoria a los partidos de derecha, conjurando así el riesgo del agotamiento de un sistema democrático por cansancio de sus destinatarios.
Mientras que para América la alternabilidad está vinculada al cambio de la persona que gobierna, es decir a la posibilidad de su sustitución por medios democráticos, en el continente Europeo el concepto tiene una formula muy diferente y más o menos “plana”, ya que se ve claramente que para la democracia parlamentaria europea, la alternabilidad se basa en la democracia de partidos y la necesidad de que estos partidos existan y se alternen en el ejercicio del poder. Ambos continentes, basan sus conceptos en visiones segmentadas de la realidad, y para hablar de alternabilidad miran solo hacia dentro de sus sistemas, sin tomar en cuenta la realidad general.
Es con toda esta información y luego de leer a los autores clásicos latinoamericanos y europeos en materia constitucional y de las ciencias políticas, que llegue a la conclusión de que quizás uno de los aportes a realizar en este trabajo seria tratar de construir un concepto de Alternabilidad distinto, con elementos que reúnan diferentes visiones; es por ello que tratare de establecerlo (quisiera dejar claro que existen muchos y muy variados conceptos sobre “Alternancia en el Gobierno”, pero que ninguno realmente me convenció, por lo que decidí producir uno propio).
¿Qué es la alternabilidad?, dentro de un sistema democrático entendemos por alternabilidad a: “La posibilidad de que las ideas, doctrinas y procedimientos en el ejercicio del poder y del gobierno sean sustituidas y renovadas por vía electoral en función de las necesidades y decisiones de los gobernados”.
Dicho así, el concepto tendría que necesariamente ser explicado, por ello vamos a descomponerlo, a fragmentarlo, para poder dar la explicación de su contenido.
En primer término, es una POSIBILIDAD, ¿Por qué una posibilidad?, el termino, la palabra en si encierra 3 acepciones, a nosotros nos interesa una sola de esas acepciones la que nos remite a una FACULTAD; efectivamente porque es la facultad, la potestad, el poder que se tiene para cambiar o para hacer permanecer.
En Segundo Lugar se habla de “…las ideas, doctrinas y procedimientos vinculados al ejercicio del poder y del gobierno…”, aquí es donde está el núcleo o nodo central del concepto, ya que la necesidad de cambio en las personas y en el sistema está asociado directamente con las ideas y las doctrinas políticas y sociales que se aplican en un momento determinado en un país especifico. Es así como por ejemplo en los Estados Unidos de Norte América para el año 2008 se produjo un acalorado y extenso debate para definir el candidato Demócrata a las elecciones presidenciales, luego de una victoria muy importante de ese mismo partido en las elecciones parlamentarias; ese debate luego se tradujo en una carrera o pelea por la Casa Blanca entre Republicanos y Demócratas, con lo que dos visiones de USA, de su sociedad, de la forma de gobernar, dos visiones del mundo y de la política exterior de ese país, en cuanto a su participación en los conflictos de Irak, Afganistán y algunos piases de África, así como del plan Colombia y de la posición frente a Cuba; como es conocido de todos esta historia termino con la victoria electoral de Barak Obama, quien en términos de la política Norte Americana, represento un viraje en las ideas, doctrinas y procedimientos que hasta esa fecha ejecutaba el gobierno Republicano (conservador o de derecha) encabezado por George W. Bush. Este ejemplo nos permite ver como una sociedad tiene la posibilidad de decidir su camino su rumbo y para ello mediante un proceso electoral, elige Parlamentarios o Presidentes o cualquier otra autoridad que por esta vía deba renovarse. Es aquí donde entra en juego la frase: “…las ideas, doctrinas y procedimientos vinculados al ejercicio del poder y del gobierno…”, ya que es posibilidad de cambiar o de mantener las cosas como están, las ideas, las doctrinas y los procedimientos vinculados a la forma de gobernar son presentadas por los actores políticos en los regímenes democráticos en los periodos de campaña electoral, con lo que la población puede definir su preferencia hacia la continuidad y la permanencia de una forma de gobernar o puede apostar por el cambio, por nuevas ideas, por nuevas doctrinas que refresquen o que oxigenen el gobierno en ese momento particular. Di como ejemplo el de USA, ya que el pueblo Norteamericano ya dio un paso por cambiar cuando eligió una mayoría demócrata en el congreso en las elecciones de 2006, esto implico una voluntad de cambio en la mayoría de los ciudadanos, operando lo mismo en las elecciones Presidenciales de 2008, en las que como ya dije se eligió al candidato Demócrata Barak Obama, como una decisión democrática y soberana de los Norteamericanos.
Existen ejemplos interesantes de esta voluntad de cambio o de permanencia de cómo se evalúan las políticas de gobierno, las ideas detrás de los partidos o de los gobernantes y son bien interesantes de mencionar. Uno que particularmente me llamo la atención fue la situación política Española durante la era de Felipe González, es la España Post-Franquista y la idea de que el Partido socialista Obrero Español gane unas elecciones es algo realmente descabellado para algunos y muy necesario para otros, lo que le da a esa situación un particular aire o atmósfera de posibilidad de elegir entre el cambio o la continuidad. El pueblo Español democráticamente eligió el cambio y el Partido Socialista Obrero Español junto a Felipe Gonzales comenzaron una era de cambio y modernización del estado Español que no relataremos en este trabajo, pero que se extendió desde 1982 y hasta 1996, año en el que el pueblo Español decidió cambiar y eligió una mayoría compuesta de partidos de derecha liderados por el Partido Popular (PP) y que gobernó desde 1994 y hasta 2004, año en el que la mayoría decidió cambiar las ideas y políticas de gobierno y regresar al esquema socialista del PSOE, lo que ratifico en las elecciones de 2007. Este rápido periplo por la política española nos permite ver continuidad y cambio, nos permite ver como el pueblo puede decidir, elegir, tiene “La posibilidad de que las ideas, doctrinas y procedimientos en el ejercicio del poder y del gobierno sean sustituidas y renovadas…”
Ahora bien, de todos estos ejemplos de cambio y continuidad, hay algo que no queda claro y es el significado de los términos: ideas, doctrinas, procedimientos en el ejercicio del poder y por ultimo procedimientos en el ejercicio del Gobierno.
¿Qué son o que entendemos por ideas?, esta palabra es muy amplia en cuanto a su significado en el castellano.
Para nosotros la acepción que nos interesa, las ideas a las que tratamos de referirnos en este concepto sobre alternabilidad es la de las convicciones, creencias y opiniones formulas estas que conforman una manera de hacer las cosas que es particular y que se diferencia de otras posturas dentro de la oferta democrática de un país.
¿Qué entendemos por Doctrinas? Este término también es amplio en cuanto a su significado en el castellano, por lo que lo circunscribiremos al Conjunto de ideas u opiniones filosóficas y políticas, sustentadas por una persona o grupo.
¿Qué entendemos por procedimientos en el ejercicio del poder? Esta fórmula encierra algo muy importante, ya que ejercer el poder para algunos es un arte y para otros la conjugación de una serie de pasos que metódica y científicamente se producen para utilizar correctamente las potestades o poderes entregados por el estado a sus gobernantes. Ejercer el poder aun y cuando se confunde con el gobernar es mucho más amplio, ya que las reglar del gobierno, no siempre se aplican ni limitan como tal el ejercicio del poder. Los mecanismos y formas de ejercer el poder implica sensibilidad social, oír a los gobernados, generar una acción que satisfaga no solo las necesidades materiales de la población, sino más aun sus necesidades y anhelos colectivos, como sociedad, como pueblo. Los procedimientos en el ejercicio del poder son pues formulas que algunas veces pasan por el clientelismo, otras por el populismo, en algunos momentos se asemejan al autoritarismo o al militarismo y cuando no se desvían como en todos los casos anteriores es la simple interpretación por parte de quien ejerce el poder de los deseos y necesidades de su población, algunos lo llaman en forma más simple la sintonía entre el gobernante y los gobernados. No daré ejemplos de las desviaciones, pero si tres que me parece interesante de la sintonía entre gobernante y gobernados, esos ejemplos en Latinoamérica son: Ricardo Froilán Lagos Escobar, Presidente de Chile entre 2000 y 2006, termino su presidencia con la más alta popularidad, de la que por cierto goza hoy día aun y con los problemas del Transantiago; Luis Ignacio Da Silva, Ex-Presidente de Brasil es otro ejemplo de esta sintonía que pese a las acusaciones de corrupción contra su partido mantuvo un alto nivel de popularidad al saber combinar una política económica liberal con programas sociales que sin ser populistas lo colocaron en sintonía con su pueblo; por ultimo esta Álvaro Uribe Vélez, Ex-Presidente de Colombia cuya reelección en Colombia ha sido una suerte de novedad para un país latinoamericano en el que sus presidentes competían por ser el menos apreciado por su pueblo al final de su gobierno, en este caso la alta popularidad del gobernante se baso en su política de seguridad, la que cuenta con apoyo de la población, pero además con una sintonía cada vez mayor entre sus actuaciones y los intereses de su población.
¿Qué entendemos por ejercicio del Gobierno? Es evidentemente Gobernar y ¿Qué es gobernar? Púes es dirigir a un país o colectividad, aquí el sentido es restringido y el Gobierno se ejerce en función de las potestades otorgadas en la constitución y las leyes, por lo que lejos de ser una actividad libre, es una actividad absolutamente reglada cuyo efecto depende solo de que el mandatario ejerza oportuna y eficientemente las potestades que le son otorgadas por el ordenamiento jurídico del Estado. Un Presidente o un Parlamento pueden ser malos gobernantes cuando por temor político o creencias erradas dejan de ejercer, ejercen a medias o mal emplean las potestades publicas que les fueron confiadas por vía del ordenamiento jurídico. Un ejemplo de la mala utilización de estas potestades es Hugo Rafael Chávez Frías, Presidente Venezolano desde 1999, quien forzando las potestades otorgadas y las leyes de su país, ha generado una suerte de Gobierno personalista y autoritario en el que su voluntad, apoyada por los órganos legislativo y judicial se convierte en una suerte de mandato supremo que no violenta las leyes pero si las interpreta a su manera y que ejerce las potestades, pero no para dar cumplimiento a la constitución y las leyes sino para poner el estado al servicio de una parcialidad política, su partido y su ideología. Otros ejemplos históricos, aberrantes y poco recomendables son los gobiernos de Hitler el Alemania, de Mussolini en Italia, de Castro en Cuba y por supuesto todos los gobiernos de la era Soviética, destacando en ellos el de José Stalin. Menciono estos gobiernos puesto que se supone que todos ellos están y estuvieron basados en un régimen normativo que atribuía las potestades ejercidas por sus Gobernantes, se que algunos de ellos son considerados dictaduras, pero aquí no haré análisis de esta circunstancia. Otros Gobiernos que son y han sido abiertamente dictatoriales, en los que se Gobierna por vía de facto son obviados aquí por la simple circunstancia de que sus actuaciones no se sujetan a norma u ordenamiento alguno más que el del capricho o voluntad del Gobernantes.
La ultima parte del concepto es en mi criterio muy importante, no con esto quiero decir que lo anterior carezca de importancia, lo que pretendo es dar a esta su justo valor, ya que su peso en el contexto del concepto y de la vida de un país democrático realmente es alto. Esta ultima parte del concepto a explicar se refiere a: “…sustituidas y renovadas por vía electoral en función de las necesidades y decisiones de los gobernados.”
Sustituir o renovar por vía electoral es algo que todos entendemos, sabemos que se refiere al uso de las urnas electorales, en las que se recoge la opinión de nuestro voto y en ellas se expresa a su vez, una opinión de cambio o de continuidad. Ahora bien, ¿porque si es algo que todos conocemos o entendemos con facilidad es tan importante explicarlo?, la respuesta está en que no puede existir, no puede haber alternabilidad si no es por vía democrática y electoral, es la expresión de la voluntad del pueblo, de una mayoría de votantes que hace realidad una decisión de cambio o continuidad y que le da a la alternabilidad su escancia de ser el mecanismo a través del que se exprese un pueblo sin violencia y sin grandes convulsiones. La voluntad del pueblo pues se convierte en el detonante de esta decisión de cambio, es el motor de la alternabilidad, motor democrático que solo opera a través del voto. Pero existe otra pregunta importante de contestar ¿siempre que se vota existe democracia y alternabilidad?, la respuesta es “no”, por eso debe aunarse el votar con una expresión real de la voluntad de los gobernados quienes se expresan en función de sus necesidades. Como ejemplo de sistemas electorales donde la voluntad de cambio se anula y la expresión en las urnas electorales no influye para nada en la conformación y acción de un gobierno tenemos a Cuba, país donde se vota, pero no existe más que un solo partido, solo una nomina de candidatos y solo se puede expresar una voluntad coincidente con la del grupo gobernante. ¿Qué posibilidad de alternancia en el poder puede tener un país con un partido único donde cualquier disidencia del pensamiento único es criminalizada y por tanto castigada con prisión?, en nuestra opinión ninguna, ya que el votar en un sistema de esta naturaleza, no constituye una toma de decisión en función de una necesidad de los gobernados, es simplemente un mero trámite para que quien gobierna afiance hacia afuera y en forma engañosa su hegemonía en el gobierno.
En conclusión, la única posibilidad de cambio democrático está en la expresión de la voluntad de los gobernados quienes deciden cambiar o no las ideas, formas y políticas de gobierno, a través del cambio de sus autoridades, partidos gobernantes y presidentes siempre por vía electoral y por decisión mayoritaria. Es así como tendríamos que re-expresar la vieja frase de “a muerto el Rey, que viva el Rey”, ya que en democracia los cambios no provienen de la providencia divina ni de los derechos de sangre y menos aun puede provenir de los caprichos o actos de fuerza de aquellos que por alguna razón creen saber qué es lo que más conviene a su pueblo sin querer oír de él que opina al respecto. Así pues en la era actual, la nueva expresión seria: “a muerto el Rey ¿a quién elegiremos Rey en las próximas elecciones?
A este respecto y como epilogo, quisiera traer a colación la opinión del Uruguayo Héctor Gros Espiell, quien sobre el tema de la Alternancia dijo: “La relación entre la existencia de elecciones libres, periódicas y sin fraude y la posibilidad real de alternancia en el mando es evidente. Sin elecciones periódicas, sin fraude, a las que puedan concurrir candidatos de todos los partidos políticos sin discriminación de ningún tipo, es imposible concebir una verdadera alternancia en el Gobierno, que tenga sentido en el Estado Democrático moderno.
lunes, 7 de enero de 2013
EL 10 DE ENERO EN LA CONSTITUCIÓN DE 1999
EL 10 DE ENERO EN LA CONSTITUCION DE 1999
Mucho se ha dicho en relación a la interpretación de los artículos 231 y 234 de la Constitución de 1999 y muchas opiniones se dan sobre lo que en tal fecha debe acontecer, sin embargo, creo que pocas han abordado el problema en forma integral, simplemente se limitan a la idea de juramentación o no del Presidente, sin ver o analizar las demás circunstancias normativas que convergen en ese día.
Es por ello que quiero abordar aquí todos los aspectos que esa fecha reúne, presentado sus orígenes, efectos y posibles soluciones en caso de existir controversias.
De más está decir que esperé para escribir este comentario, ya que quería hacerlo una vez que el sector oficial estableciera cuál era su criterio y cuál sería su línea de acción. Esto sucedió a partir de la noche del 04 de enero en la que el Vice-Presidente Ejecutivo señaló que la Juramentación en su criterio era un acto meramente protocolar y que el actual Presidente en Funciones, por haber sido Reelecto ya estaba en posesión del cargo y se juramentara o no seguiría en tales funciones, es decir que el artículo 231 de la Constitución no era más que un mero formulismo y que por tanto cumplirlo o posponerlo en nada afectaría el desarrollo de las actividades del Gobierno Venezolano en el periodo 2013 -2019.
Esta posición denota o una ignorancia constitucional espantosa o un dejar de lado el orden normativo y por ende una vía de hecho (golpe institucional) que generaría una continuidad administrativa no prevista en las normas sobre la materia.
En fin, la explicación se hace necesaria y los términos para hacerla se aclaran bastante con esta posición asumida por el sector oficial Venezolano.
Por cierto, la primera aclaratoria y quizás la más importante es que el Presidente Reelecto, en nada se diferencia del Candidato Electo, su figura es similar y en ninguna parte del Texto Constitucional se establecen prerrogativas o condiciones especiales para aquel que, en ejercicio de la Presidencia sea reelegido ya que su estatus en el texto constitucional de 1999 es el de Candidato Electo y nada más.
De seguido trataré de dar estas explicaciones con el detalle que este en mis manos:
I.- Efemérides del 10 de Enero:
Una primera explicación valida y necesaria es por qué se estableció el 10 de enero como fecha de toma de posesión del Presidente en Venezuela. Esto parece algo poco importante, pero va más allá de lo que se cree. En la constitución de 1961, tal plazo fijo no existía, la norma textualmente establecía: “Artículo 186.- El candidato electo tomará posesión del cargo de Presidente de la República mediante juramento ante las Cámaras reunidas en sesión conjunta, dentro de los diez primeros días de aquel en que deben instalarse en sus sesiones ordinarias del año en que comience el período constitucional…”(El subrayado es propio); con ello quedaba claro que la fecha se definía por dos parámetros, el primero que se fijara la fecha de inicio de las sesiones ordinarias del Congreso y una vez hecho esto, se fijaba la fecha de la sesión solemne que debía acordarse entre los Presidentes entrante, Saliente y las Autoridades del Congreso, eso si dentro de los 10 días siguientes a la instalación de esas sesiones ordinarias; por lo general este acto tenía lugar en el mes de febrero.
Ahora bien, en el proyecto de constitución de 1999, se quiso hacer una efeméride diferente, se quería establecer el día 4 de febrero como fecha de toma de posesión, como homenaje al fallido golpe de 1992, lo que se consideró inconveniente y se cambió por otra efeméride de especial significación para los partidarios del actual Gobierno que es el aniversario del natalicio de Ezequiel Zamora, uno de los supuestos pilares ideológicos del denominado “Movimiento Bolivariano”, que dice ser: “Bolivariano, Robinsoniano y Zamorano”.
Por tanto, esta fecha no es producto de ningún lapsus, equivocación o azar, fue pensado y diseñado para dar un mensaje y hacer visible el natalicio de Ezequiel Zamora.
Ahora bien, este diseño generó un segundo efecto, quizás no deseado, que convirtió esta fecha en fija, lo que no es del todo conveniente y menos aún necesario.
En todo caso y sin que la constitución de 1999 sea modificada, el 10 de enero del año del inicio del periodo Constitucional, el Presidente Electo debe jurar su cargo para poder tomar posesión del mismo.
II.- El segundo punto importante es dejar claro que todo poder se ejerce en función de un mandato normativo, esto quiere decir que toda investidura pública, todo cargo público se ejerce en función de un mandato normativo, por ello estas normas que establecen las potestades y límites del poder de cada funcionario, también establecen los mecanismos mediante los cuales estos funcionarios adquieren su investidura y a su vez los mecanismos para su ejercicio, duración y pérdida de la investidura.
Es así que, en el caso del Presidente de la República, en circunstancias normales, el inicio, pero también el final de sus funciones está marcado por la fecha del 10 de enero, ya que ese día, luego del año electoral y cumplido el periodo de 6 años previsto en el artículo 230 de la Constitución de 1999, el Presidente saliente, quien ha concluido su periodo debe resignar sus poderes, entregar a quien fue electo por voluntad popular y quien debe ejercer dicho cargo de allí en adelante.
Tiene que quedar claro por tanto que, las potestades públicas asumidas por un Presidente al inicio de su periodo presidencial terminan el día 10 de enero al cumplirse los 6 años de su mandato y que dicho plazo no es prorrogable, que los actos ejecutados con posterioridad a esa fecha por el Presidente Saliente, invocando ser Presidente de la República, son absolutamente nulos.
Está claro entonces que si el Presidente saliente no puede hacer entrega del cargo al Presidente Electo, debe entregar su cargo a alguien o en caso de que este Presidente Saliente no pueda o no quiera hacer entrega del cargo, debe asumirlo una autoridad del Estado, designada al efecto en la constitución, para evitar que exista un vacío de poder.
En este caso, la solución constitucional está prevista en el Artículo 233 y establece que es el Presidente de la Asamblea Nacional quien debe asumir la presidencia y en caso de ser una falta absoluta declarada constitucionalmente, deberá convocar a nuevas elecciones dentro de los 30 días siguientes. Esta solución no es novedosa, ya que es de larga data y tradición en el Texto Constitucional Venezolano, ya que en el artículo 186 de la Constitución de 1961 se establecía: “…Cuando el Presidente electo no tomare posesión dentro del término previsto en este artículo, el Presidente saliente debe resignar sus poderes ante la persona llamada a suplirlo provisionalmente en caso de falta absoluta, según el artículo siguiente, quien los ejercerá con el carácter de Encargado de la Presidencia de la República hasta que el primero asuma el cargo.” (El subrayado es propio). El artículo siguiente de la Constitución de 1961 contenía una línea de sucesión que comenzaba con el Presidente del Senado, seguía con el Presidente de la Cámara de Diputados y luego establecía en la línea a el Presidente y los Vice-Presidentes de la Corte Suprema de Justicia, con lo que la posibilidad de que se generara un vacío de poder eran prácticamente nulas.
Ahora surge otra pregunta ¿Cuánto tiempo puede estar encargado de la Presidencia de la República el Presidente de la Asamblea Nacional?, la respuesta a esto surge del artículo 234, que establece que una falta temporal puede ser hasta de 90 días y que luego de esto la Asamblea Nacional deberá Pronunciarse si existe o no una falta absoluta. Ahora bien, ¿Por cuánto tiempo puede prorrogarse esa falta temporal?, la respuesta a esto es difusa, ya que la constitución no lo establece y se podría convertir en una suerte de fórmula permanente si el Presidente electo no asume y su falta absoluta no es declarada por una junta médica o por considerar la Asamblea Nacional el abandono de su cargo, esto sumado a que no se produzca alguna de las causales de falta absoluta como sería la muerte o la renuncia del Presidente Electo. Está claro que en estos aspectos, la constitución de 1961 tenía un mejor diseño que la de 1999, con lo que deberíamos mirar hacia la doctrina constitucional surgida de esa anterior constitución para engranar las soluciones que no aparecen tan claras de la actual Constitución
III.- El tercer punto a considerar en este comentario se refiere a la necesidad de Juramentarse de un Funcionario Público, sea este de elección Popular o de designación.
Para algunos esta juramentación es una mera formalidad, un formalismo que puede ser postergado o incluso simplemente ignorado, ya que en criterio de algunos, el mero nombramiento es suficiente o en el caso de los funcionarios de elección, el haber resultado electo es suficiente para posesionarse del cargo sin más.
La verdad es que la juramentación no es una mera formalidad, es una obligación legal que surge de la Ley de Juramentos del 30 de Agosto de 1945, en cuyo inicio se establece: “Artículo 1.- Ningún empleado podrá entrar en ejercicio de sus funciones sin prestar antes juramento de sostener y defender la Constitución y Leyes de la República y de cumplir fiel y exactamente los deberes de su empleo”. En el caso del Presidente de la República este sería plenamente aplicable, ya que es el Primer Funcionario Público del País, pero además la Ley se refiere en forma directa al Cargo de Presidente de la Republica cuando en su Artículo 3 establece: “De conformidad con el artículo 101 de la Constitución Nacional (léase art. 231 de la Constitución de 1999), el Presidente de la República prestará ante el Congreso el juramento de cumplir fiel y lealmente sus deberes. Si por cualquier circunstancia no pudiere prestarlo ante el Congreso, lo prestará ante la Corte Federal y de Casación (léase Tribunal Supremo de Justicia)”.
Si leemos concatenadamente el Artículo 231 de la Constitución de 1999, conjuntamente con los Artículos 1 y 3 de la Ley de Juramentos, tendremos que arribar forzosamente a la conclusión de que la juramentación no es solo un acto protocolar, es un requisito fundamental para la toma de posesión y ejercicio del cargo de Presidente de la República.
Ahora bien, en el caso de que el Presidente Electo, sea la misma persona que el Presidente en Funciones ¿es necesaria la juramentación?; la respuesta es que: si es necesario, ya que como se dijo en el primer punto de este comentario, el periodo presidencial está delimitado normativamente, se inicia y concluye en un lapso estrictamente determinado y por ello cuando se Juramentó al Presidente el 10 de enero de 2007 se le juramentó para el Periodo 2007-2013, con lo que su continuidad en el cargo no es posible sin cumplir dos requisitos: 1) que sea reelecto (lo que ocurrió el 07 de octubre de 2012) y 2) que preste juramento para el periodo 2013-2019 y tome posesión del cargo, en cumplimiento del Artículo 231 de la constitución de 1999. Caso contrario, si el Presidente en Funciones pretendiera continuar en la presidencia sin prestar juramento para un nuevo periodo, tendríamos una presidencia de Facto, en violación a la constitución y las leyes.
IV.- Ahora se presenta otra duda interesante ¿Es alternativo o potestativo para el Presidente Electo juramentarse ante la Asamblea Nacional o ante el Tribunal Supremo de Justicia?, esta pregunta surge de las diversas interpretaciones que se están haciendo de las dos partes del Artículo 231 constitucional. En efecto, la primera parte del Artículo 231 establece la juramentación del Presidente electo ante la Asamblea Nacional el día 10 de enero del año siguiente a la elección, estableciendo además, en su segunda parte la posibilidad de que el Presidente electo preste juramento ante el Tribunal Supremo de Justicia en caso de que no pueda hacerlo ante la Asamblea Nacional. Ahora bien, esta última formula no es nueva ni constituye novedad alguna en la Constitución de 1999, ya se contemplaba en la constitución de 1961 y en las anteriores a ellas, es más en la ya mencionada norma contenida en el artículo 3 de la Ley de Juramentos (1945), aparece esta fórmula ya definida.
En la Constitución de 1961 se estableció esta posibilidad así: “Artículo 186.- El candidato electo tomará posesión del cargo de Presidente de la República mediante juramento ante las Cámaras reunidas en sesión conjunta, dentro de los diez primeros días de aquel en que deben instalarse en sus sesiones ordinarias del año en que comience el período constitucional. Si por cualquier circunstancia no pudiere prestar el juramento ante las Cámaras en sesión conjunta, lo hará ante la Corte Suprema de Justicia. Cuando el Presidente electo no tomare posesión dentro del término previsto en este artículo, el Presidente saliente designará sus poderes ante la persona llamada a suplirlo provisionalmente en caso de falta absoluta, según el artículo siguiente, quien los ejercerá con el carácter de Encargado de la Presidencia de la República hasta que el primero asuma el cargo.” (El subrayado es propio).
Ahora bien como antes pregunte: ¿esto es potestativo o alternativo?, la respuesta es que no, ni potestativo ni alternativo, tiene una finalidad y la ha tenido a lo largo de los años, evitar que por circunstancias ajenas al Presidente Electo, este no pueda tomar posesión de su cargo ante el órgano legislativo, tenga la posibilidad de hacerlo ante otro órgano del Estado en este caso el Tribunal Supremo de Justicia. Si el órgano legislativo no pudiere constituirse para la toma de posesión o si por razones políticas los Asambleístas no pudieran constituir su directiva, el Presidente Electo tiene la posibilidad de prestar Juramente ante el TSJ; la doctrina constitucional sobre este respecto es clara y para nada se presta a las interpretaciones que pretenden darle ahora, como si fuese una novedad, un invento del texto constitucional de 1999.
Conclusión: Mi conclusión sobre este asunto está bastante clara, el día 10 de enero de 2013 el Presidente Electo el 07 de octubre de 2012 debe tomar posesión de su cargo ante la Asamblea Nacional; en caso de no hacerlo, de no poder tomar posesión ese día, el Gobierno saliente debe resignar sus poderes en la figura prevista en la misma constitución, es decir en el Presidente de la Asamblea Nacional, de no darse este supuesto y de pretender mantener al actual Presidente y Gobierno en forma infinidad y continua, se estará en presencia de un gobierno de facto.
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