lunes, 8 de febrero de 2010

SEPARACION O DIVISION DE PODERES, UN PROBLEMA DE INTERES PARA VENEZUELA

Hace algunos meses leíamos las declaraciones de la Ciudadana, Magistrada, Doctora y Excelentísima Presidenta de la Sala Constitucional y del Tribunal Supremo de Justicia Luisa Estala Morales de Lamuño, cuando afirmaba que: “…la división de poderes debilita el Estado…”.
Esta expresión genero innumerables comentarios y sobre todo voces, que sin estudio profundo del tema, se volcaron inicialmente a decir que se quería entronizar Chávez, o que se quería convertir en emperador. Se planteo el tema bajo la óptica de que lo que se pretendía era eliminar los poderes públicos y hacer depender todo del poder ejecutivo.
Nada más lejano de la verdad que esas expresiones, pero a su vez nada más beneficioso para Chávez y su gobierno que ese apresuramiento de sus opositores por declarar y vociferar en su contra sin saber muchas veces lo que dicen. La estrategia inicial del Gobierno dio resultado y los venezolanos mal entendieron el fondo del tema, hablaron por unos días de la intención de Chávez de coronarse rey y luego como sucede en Venezuela lo urgente se impuso y lo trascendente dejo de interesar, los venezolanos pasaron al siguiente escándalo, la electricidad racionada, la devaluación, los estudiantes en la calle, el racionamiento del agua, la expropiación de Éxito y que se yo cuantos escándalos mas, dejaron en el olvido los dichos de la Doctora Morales e hicieron pasar por debajo de la mesa, el siguiente paso (meta) de la revolución en materia de reforma constitucional y de estructura y funcionamiento del Estado; ya el tema es “caliche” (termino periodístico destinado los temas viejos o cuyo interés ya paso), por lo que ejecutar lo planificado será fácil y los Venezolanos no percibirán la importancia del tema hasta tanto no reciban en la cara el impacto de las medidas que vendrán aparejadas a las modificaciones que sin duda el Gobierno, con la venia de los demás poderes, implantara.
Ahora, saliendo del aspecto político y entrando al técnico, ¿Qué quiso decir realmente la Doctora Morales?. Esta es quizás la pregunta de mayor importancia, puesto que su dicho pudo estar mal enfocado técnicamente por ignorancia o con intención y en cualquiera de los dos casos su verdadera intención quedo encubierta en una serie de apreciaciones que nada tenían que ver con la verdad.
El tema de la separación de poderes es quizás uno de los mas importantes y básicos en la formación de un Abogado, a ellos se les enseña tal noción de Derecho Administrativo desde la perspectiva de la Revolución Francesa y de los Postulados de Montesquie, dejando en sus mentes clara la necesidad de la separación entre Ejecutivo, Legislativo y Judicial, necesidad surgida en la Francia Revolucionaria para limitar el poder del Monarca y evitar así los abusos que surgían del ejercicio de estas tres actividades del Estado por un solo sujeto. Ahora bien, está claro que la separación propuesta por Montesquie, fue superada y modificada en el tiempo y hoy (modernamente), ya no se habla solo de separación de poderes como el mecanismo de separación de los Órganos del Estado, sino que tal noción bajo la fórmula de División se aplica a la estructuración o creación de niveles de poder (formula semántica no muy bien acogida por los expertos en la materia, a quienes la noción de niveles no les resulta adecuada, pero que desde el punto de vista didáctico puede ser fácilmente entendido), dentro de un estado que vinculados como lo están en Venezuela a la noción de federalismo, nos genera estructuras intermedias como los Estados Federados o la estructura municipal, formulas que pretenden la descentralización de un Estado, pero que a su vez fragmentan este poder para producir contrapesos que desde los Estados Federados y los municipios den solución a los problemas de los ciudadanos, pero que a su vez permita un cierto control sobre el poder central.
Es así como modernamente los términos Separación de Poderes y División de Poderes han sido enfocados como dos formulas distintas.
La primera, la Separación de Poderes dirigida al antiguo concepto de Montesquie y la idea de una separación orgánica en la estructura del poder central dentro de un Estado, esto es generar una estructura donde las potestades de Juzgar, Legislar y Ejecutar estén en cabeza de diversos órganos. Más aun, que exista independencia de función no solo entre estos tres órganos especializados, que mas allá de esto, exista independencia de funciones en otros órganos que son tan importantes como los anteriores y cuya actividad como la electoral, la de defensa de los derechos de los ciudadanos o la vindicta publica deben ser preservadas de toda intervención externa o de mediatización de otros órganos. Dejo aquí claro que mi visión sobre la separación de poderes y sus realidad hoy no esta enmarcada en esta doctrina, pero seria muy largo explicar porque yo creo que la separación de hoy es Orgánica y no Funcional, así que esto lo dejare para otro día.
La Segunda, la división de Poderes, es una noción que modernamente se utilizo para explicar la generación de una estructura de niveles de poder que dentro del Estado, cuya representación esta en Venezuela en su estructura federal. Es así como en Venezuela la División de poderes claramente está estructurada en: Republica, Estados y Municipios, recreando en estos dos últimos parte de la separación orgánica al estructurase en Poder Ejecutivo y un Poder Legislativo tanto Estadal como Municipal.
Con esta explicación tan resumida, quiero dejar clara la intención de la Dra. Morales, no quiso referirse a la eliminación de la separación orgánica, esta separación es necesaria para dar apariencia de democracia y su eliminación daría la sensación de una monarquía, razón por la cual ni las más abyectas dictaduras comunistas se han atrevido a eliminarla en términos nominales, aun y cuando en la realidad lo hayan hecho (caso Cubano o Soviético, donde todos los poderes obedecían a los dictados del Partido Comunista, aun y cuando nominalmente había separación), otra cosa es la división territorial, la estructura federal y la división en estados y municipios, ya que esta fórmula, propia como dije de un Estado Federal, puede ser modificada sin dar esa sensación de monarquía absoluta, la idea del Estado Unitario, que modernamente no es bien vista, es sin embargo aceptada.
La intención clara de la Dra. Morales esta mas bien dirigida hacia la eliminación de la División de estados y municipios, la idea es la eliminación de la estructura federal, generando así un estado Unitario Centralizado, cuya dirección este a cargo del poder Central y por ende la eliminación del los poderes políticos intermedios como serian Gobernaciones y Consejos Legislativos Estadales, así como Alcaldías y Cámaras Municipales. La estructuración que se pretende estaría entonces en dos polos específicos: el Poder Nacional y centralizado de la Republica en un polo y en los Consejos Comunales (dependientes y controlados por el Poder Ejecutivo Nacional) que seria el otro polo en donde en teoría descansaría el poder. La estructura pues seria la de un estado Unitario, Centralizado, con una separación de poderes tradicional y con una estructura local para la atención ciudadana que serian los consejos comunales.
Esto explica cómo se fortalecería el poder del Estado y la justificación de la medida o acción a tomar. Eso sí, para llegar a esto debe primero modificarse la Constitución de 1999, eliminar la estructura federal del Estado Venezolano.
La idea pues es eliminar los estados, eliminando así a los Gobernadores y por ende los líderes Regionales que puedan hacer peso o sombra al líder nacional. Igualmente eliminar los Municipios, para así poder designar a los líderes locales a dedo a través de los consejos comunales. Esto también implica que el presupuesto y el dinero publico se manejaría bajo una sola dirección, ya que sería el Poder Ejecutivo el único llamado a establecer tales usos en forma directa y por las ordenes que emita a los Consejos comunales como parte de una estructura Centralizada Rígida.
Espero que estas líneas aclaren cual es el fondo de la frase: “…la división de poderes debilita el Estado…”, que alcance tiene. Espero que estas líneas puedan despertar conciencia de que lo transcendente no debe ser arropado por lo urgente, que si bien es cierto, se debe prestar oído a los hechos que día a día copan la agenda, también es necesario prestar atención a los temas de fondo, que realmente interesan y que pueden realmente cambiar la vida de los venezolanos sin remedio y para siempre.
Por cierto, esta idea no es original de Chávez o de su revolución Bolivariana, mucho menos del Socialismo del Siglo XXI, ya otros Gobernantes Venezolanos hicieron lo propio en su época, Juan Vicente Gomez fue uno de ellos y Marcos Evangelista Perez Jiménez el otro, en ambos casos como en el actual se pretendía centralizar y manejar el poder en forma absoluta desde un solo sitio, desde el Poder Ejecutivo Nacional, pero en ambos casos dejando una sensación de Constitucionalidad, ya que no se elimino la estructura Orgánica Separada de la Republica y estos Gobernantes tuvieron por lo menos del Rubor de no eliminar los Estados y Municipios, prefirieron controlarlos designando las autoridades Regionales y Locales en forma Directa. Chávez sabe bien que no podrá imponer esos nombramientos a dedo, el venezolano se acostumbro a votar por su gobernador, por su Alcalde y no aceptara que se lo designe a dedo, así pues es preferible entonces eliminar estas instancias.

martes, 2 de febrero de 2010

REFERENDUM REVOCATORIO, UN TEMA INTERESANTE

Corría el año de 1999 y se discutía en las Universidades Venezolanas la constitución que estaba por aprobarse, se debatía arduamente sobre su contenido, avances, trampas y en fin sobre lo que tenia de humana y de divina.
Recuerdo mucho que entre 1999 y 2001 asistí a muchos foros, programas de radio y televisión y en todos expuse mi criterio sobre la falsa ilusión de felicidad que ese nuevo texto constitucional prometía a los venezolanos.
Dentro de los temas que referí como un fraude evidente a la ilusión de democracia de los venezolanos estaba precisamente la tesis de la participación popular por vía refrendaría y más específicamente lo relativo al denominado Referéndum Revocatorio.
Sobre este Referéndum Revocatorio recuerdo haber expresa mis reservas sobre los distintos mecanismos de trampa previstos en la misma constitución. Si aunque alguien piense que es muy duro decir trampa, esa es la palabra propia para definir los resquicios que la constitución creo en relación a esa fórmula denominada popularmente Revocatorio.
Las referencias hechas en esa época y que hoy permanecen vigentes son:
1) Si el referéndum es convocado dentro de los dos últimos años del mandato, y el Presidente es revocado, las funciones de este serán asumidas por el Vice-Presidente ejecutivo, quien deberá ejercer tal cargo hasta el final del periodo constitucional; ahora bien ¿Quién designa a este Vice-Presidente?, pues el mismo que es revocado, con lo que el revocatorio efectuado se queda en un mero formalismo, ya que el gobierno sigue en manos de los mismos que han sido revocados.
2) Si el revocatorio se efectúa antes de llegar a los 2 últimos años de mandato se debe efectuar una nueva elección de presidente, en la que el revocado puede participar, ya que antes no quedaba inhabilitado para el ejercicio de la función pública y ahora se permite incluso la reelección inmediata e indefinida.
3) En cuanto a la convocatoria del referéndum, ya el mecanismo era algo ambiguo en la constitución y luego el CNE se encargo de complicarlo aun mas con las reglas sobre recolección de firmas, las firmas planas y la tesis de la ratificación de las firmas. Sumado a esto la posterior lista de Tascon y todas las consecuencias que genero en el país ya que el apartheid político todavía hoy se aplica y los que firmamos en dicho revocatorio estamos vetados para ejercer funciones dentro del ámbito del estado a para contratar con él.
4) Además de lo antes referido, las formulas de mayorías establecidas para lograr la revocatoria del mandato son casi irrealizables y más aun cuando el Estado amenaza a sus funcionarios con despedirles si votan contra el presidente o el funcionario a revocar. Según la constitución se requiere: Artículo 72. “…un número no menor del veinte por ciento de los electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato. Cuando igual o mayor número de electores y electoras que eligieron al funcionario o funcionaria hubieren votado a favor de la revocatoria, siempre que haya concurrido al referendo un número de electores y electoras igual o superior al veinticinco por ciento de los electores y electoras inscritos, se considerará revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta absoluta conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en la ley”. Como puede verse se exige un 25% de firmas para convocar, se exige que vote mas de ese 25 % y además se exige que el número de votos revocando sea superior al número de votos obtenidos por el funcionario a revocar. Sin tomar en cuenta que en 3 o 4 años el padrón electoral se puede haber modificado y el número de electores que debe convocar o votar pueda ser muy superior al que existía para la fecha de la elección de ese funcionario. Además que ese funcionario pudo ser electo con menos del 25% de los votos y aquí se establece una fórmula que le beneficia.
5) Por último y no menos importante es que el revocatorio puede convertirse en una suerte de “atornillamiento” del funcionario, ya que según la última parte del articulo 72 antes mencionado: “…Durante el período para el cual fue elegido el funcionario o funcionaria no podrá hacerse más de una solicitud de revocación de su mandato.”, con lo que si el mismo funcionario, sabiendo que su popularidad va en descenso y que puede ser revocado en un futuro, plantea su revocatorio y logra no ser revocado, estaría garantizándose su continuidad e imposibilitaría ser revocado en el resto de su mandato aun y cuando su popularidad, legitimidad o políticas así lo requieran. Como lo dije en su momento esta es la peor de las trampas, ya que un funcionario que sabe debe tomar medidas que disminuirán su popularidad, procederá a propiciar el referéndum revocatorio para así, una vez ganado dicho referéndum, proceder a tomar las medidas que sabe son antipáticas y bloqueando la posibilidad de ser removido luego de tales medidas.
En conclusión, para aquellos que no saben o no entienden porque el Rey Sol insiste, le exige, le ruega a la oposición que convoque un revocatorio en su contra, las razones son:
a) La nueva recolección de firmas en su contra, le permitiría actualizar las listas Tascon y Maisanta, con lo que la purga dentro de la administración pública se podría hacer con datos actualizados y además se podría filtrar el registro de contratistas de la administración detectando los que son contrarios al gobierno pero pasan por amigos de este.
b) Un segundo efecto que se quiere lograr, es mostrar una oposición débil y poco articulada, si el publico general, por temor a lo expresado en el punto a), no sale masivamente a firmar o si no se logra el 25% requerido, el aparato publicitario del Estado utilizaría este evento como muestra de su popularidad y avasallaría a la oposición en las venideras elecciones parlamentarias.
c) El tercer efecto y el más importante para el Rey Sol, es ganar hoy y atornillarse en la Presidencia, para evitar que la crisis y los problemas que se avecinan motiven en un año a futuro a que los venezolanos realmente cansados voten y le revoquen su mandato. Esto dejando claro que no se puede convocar mas de un revocatorio por periodo del funcionario electo.
Entendido el punto y claro porque el Rey Sol quiere el revocatorio, queda por ver si la oposición venezolana va a caer en esta trampa o la va a saber sortear en forma airosa. Queda además claro que el Rey Sol, a través de PSUV, puede promover y llevar adelante la iniciativa del revocatorio; convocatoria que le impediría lograr el objetivo planteado en la letra a) de este escrito, pero que a su vez le permitiría lograr plenamente los demás objetivos, ya que publicitaria la imposibilidad de la oposición fragmentada incapaz de convocar un revocatorio en contra del todo poderoso Rey Sol; exaltaría su popularidad y lo que el pueblo le quiere; mostraría su magnanimidad y su talante demócrata propiciando el mismo el revocatorio y más aun, de ganarlo, lograría su objetivo principal permanecer hasta el 2012 en el Poder, permitiéndole en este tiempo generar los mecanismos para lograr vencer en el eventual proceso electoral por la presidencia en 2012.
Como dije entre 1999 y 2001, nada más falso que la supuesta participación prevista en la constitución Venezolana de 1999 y nada más peligroso que los mecanismos por ella establecidos para tales fines.
En todo caso, el tiempo y los acontecimientos dirán que tan acertado o errado es este análisis.